En
virtud de la posibilidad que otorga la Resolución
N ° 069 del SPEPM en la que se establece que cada Instituto
puede formular pautas para la
Elección de Abanderados y Escoltas, el Instituto “Pedro
Goyena” (0407) establece que:
·
El alumno del
Instituto que se encuentra cursando el último año del Nivel Secundario será el
que por sus cualidades, su desempeño áulico con proyección a la comunidad y
perfil en Ciencias Sociales y
Humanidades- Economía y Administración; su convivencia y comportamiento
social, acceda a un puesto de la Bandera
Nacional para portarla o acompañarla representando al
Instituto en todas las instancias requeridas.
·
El mismo podrá ser
desplazado del lugar que ocupa, si sus condiciones como estudiante no reflejare
el perfil del alumno/a que se ha trazado el Instituto en su Proyecto Educativo.
Esto es:
-Aceptar el IDEARIO del INSTITUTO “PEDRO GOYENA”.
-Enriquecer con sus actitudes personales el PROYECTO
EDUCATIVO haciéndolo realidad en su vida diaria.
Para ello deberá ser:
-Cristiano/a comprometido/a con el EVANGELIO de JESUS.
-Respetuoso/a de su propia vida y de la de todos los
seres creados por DIOS PADRE y CREADOR.
-Capaz de relacionarse y solidarizarse con los demás.
-Respetuoso/a de las normas sociales, escolares y
familiares.
-Competente para expresar sus ideas libremente.
-Abierto al diálogo.
-Capaz de discernir entre lo bueno y lo mejor para sí y
los demás.
- Cuidadoso/a en su aspecto personal.
-Valorizar su cuerpo.
-Cuidadoso/a en sus expresiones dentro y fuera del
ámbito escolar.
Para ello:
-
Portará la bandera Nacional de la República Argentina
el/la alumno/a que:
a) Demuestre un desarrollo individual, social y personal, en el desempeño
responsable, comprometido con la comunidad, consciente de sus deberes y derecho
y respetuoso con los demás.
b) Sea un joven que en la búsqueda permanente de la verdad, desarrolle un
juicio crítico con los hábitos valorativos, en su desenvolvimiento integral (capacidades
intelectuales, afectivo-volitivas, estéticas y espirituales).
c) Conozca y valore críticamente nuestra tradición y patrimonio cultural,
para poder optar por aquellos elementos que mejor favorezcan el desarrollo
integral como persona.
d) A través de sus calificaciones en las Unidades Cuniculares y/o
institucionales demuestre competencias acordes al Perfil del Alumno que señala
el P.E.I. del Instituto.
e) Como condición necesaria haya cursado desde el primer año del Ciclo
Orientado, esto es 3° año del Nivel Secundario, en esta Institución para
acceder a un puesto en la
Bandera.
f) Registre conducta, acorde a los principios evangélicos y ciudadanos
(esto significa no registrar apercibimientos escritos, amonestaciones,
suspensión).
Observaciones:
g) De cada curso y división serán seleccionados 4 (cuatro) alumnos cuyas
cualidades, aptitudes, habilidades y destrezas se encuadren en lo planteado en
los incisos a-b-c-d-e-f. A partir de dicha selección se otorgará 6 (seis)
puestos titulares y 2 (dos) suplentes.
BANDERA PAPAL
Será
portador y/o escolta de esta bandera que representa a la Religión Católica
Apostólica Romana y a su Iglesia, todo alumno/a que cumpla con los requisitos
del reglamento de la bandera Nacional y que continúe en orden de mérito según
lo establecido en el Inciso “d”.
Los
puestos de la misma no serán rotativos a
partir del Ciclo Lectivo 2012, pudiendo
perder su condición de tal si no cumplimentaran con lo referido en el Inciso
(g)
BANDERA DE LA PROVINCIA DE MISIONES
La
elección de sus Abanderados y Escoltas se realizará tal como lo establece el
Decreto N° 362 del Gobierno de la
Provincia de Misiones en su ART. 4º: “TAMBIEN será
obligatorio su uso en todos los establecimientos educativos….el/la alumno/a que
sea nominado/a por sus condiscípulos como el MEJOR COMPAÑERO será
honrado como PORTADOR de la Histórica Bandera
de Misiones, por el mandato y vigencia del
sentido de solidaridad que simboliza”.
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